Excmo. Sr. D. Manuel Marín
Presidente del Congreso de los Diputados
Madrid, 28 de septiembre de 2005
Estimado Presidente:
El pasado miércoles 21 de septiembre en la reunión de
las Mesas del Congreso y del Senado celebradas de forma conjunta en
la sala Mariana Pineda del Congreso de los Diputados surgió como
un chispazo la observación que te había hecho en tu calidad
de presidente del Congreso en relación con la, a mi juicio, indebida
decoración de la sala-comedor de la planta cuarta del edificio
de ampliación contiguo al comedor denominado de gala.
Como te comenté en la carta que te remití el pasado
13 de julio, en dichas paredes cuelgan pinturas que nada tienen que
ver con la vida parlamentaria ni sus protagonistas. Desde un cuadro
de la batalla de Almansa a retratos de los reyes Alfonso XIII, Alfonso
XII y del príncipe Francisco de Asís, más propios
de una antecámara real o del director de la revista “Hola”
que de un comedor de visitas en una Cámara democrática.
Y como el hecho no es baladí, es por lo que te hice saber que,
presididos por D. Julián Besteiro, tuvo lugar en dicha casa una
memorable sesión donde se aprobó el Acta de Acusación
contra D. Alfonso XIII aprobándose una resolución por
mayoría absoluta, cuyo texto acompaña la presente.
Si eso sucedió en 1931 y fue aprobado casi por unanimidad siendo
el grupo socialista el impulsor de la medida; si dicha sesión
la presidía D. Julián Besteiro, ilustre socialista que
murió encarcelado en 1939 en la cárcel de Carmona como
consecuencia de la crueldad de una dictadura y si además se está
en sede parlamentaria, no sé a santo de qué hay que convertir
un comedor de gala en una exaltación a la monarquía ni
mucho menos a un personaje recusado públicamente en sesión
especial del Congreso de los Diputados.
Cuando argumentaba de esta manera, la diputada Dña. Celia Villalobos
me contestó diciendo que su familia había sido republicana
pero que mi deseo era revisar la historia por lo que no procedía
mi observación.
Se equivocaba Dña. Celia. Yo no quiero revisar la historia.
Sólo deseo recuperarla y recuperarla significa que el cuadro
de una persona recusada unánimemente en esa casa vaya a un Museo
o al Palacio Real, pero no presida ninguno de los salones de un Congreso
que condenó al ex rey por golpista. ¿Es eso revisar la
historia o más bien dejar las cosas en su sitio y que la anestesia
histórica que en dosis peligrosas para la salud democrática
nos proporcionan a todas horas ciertos medios vaya poco a poco disipándose
con objeto de que las nuevas generaciones no vivan en la mentira?.
Si en el Bundestag alemán no hay un solo cuadro del mariscal
Goering que llegó a la presidencia del Reichstag democráticamente,
no sabemos asimismo qué pintan en los pasillos del Congreso los
cuadros de quienes presidieron aquella farsa antidemocrática
de Parlamento como fueron los Sres. Esteban Bilbao, Antonio Iturmendi
y Alejandro Rodríguez de Valcárcel. Si en las jornadas
de Puertas Abiertas, al ciudadano se le pretende enseñar lo mejor
de la historia y exaltar los valores democráticos de paz, tolerancia,
respeto al adversario y a sus ideas, todas estas anomalías históricas
de representantes de dictaduras, conculcación de derechos, irrespeto
al ciudadano no pueden ni deben exaltarse en la casa de la palabra y
de la democracia como son las Cortes Generales. Encárguense cuadros
de motivos parlamentarios y retírense personajes repudiados en
sesiones públicas democráticas de esa Casa.
Confío que de las bellas palabras de los discursos retóricos
en las sesiones extraordinarias se pase a los hechos y que los acuerdos
parlamentarios se cumplan fundamentalmente por higiene democrática.
Aprovecho la oportunidad para saludarte.
Iñaki Anasagasti Olabeaga
Texto definitivo que aprobaron las Cortes por mayoría absoluta
pasadas las 3.30 de la madrugada entre el día 19 y 20 de noviembre
de 1931.
“Las Cortes Constituyentes declaran culpable de alta traición,
como fórmula jurídica que resume todos los delitos del
acta acusatoria, al que fue rey de España, quien, ejercitando
los poderes de su Magistratura contra la Constitución del Estado,
ha cometido la más criminal violación del orden jurídico
del país; en su consecuencia, el Tribunal soberano de la nación
declara solemnemente fuera de la ley a Don Alfonso de Borbón
Habsburgo y Lorena. Privado de la paz pública, cualquier ciudadano
español podrá aprehender su persona si penetrase en territorio
nacional.
Don Alfonso de Borbón será degradado de todas las dignidades,
derechos y títulos, que no podrá ostentar legalmente ni
dentro ni fuera de España, de los cuales el pueblo español,
por boca de sus representantes elegidos para votar las nuevas normas
del Estado, le declaran decaído, sin que pueda reivindicarlos
jamás para él ni para sus sucesores.
De todos los bienes, acciones y derechos de su propiedad que se encuentren
en territorio nacional se incautará en su beneficio el Estado,
que dispondrá del uso más conveniente que deba dárseles.
Esta sentencia, que aprueban las Cortes soberanas Constituyentes,
después de sancionada por el Gobierno provisional de la república,
será impresa y fijada en todos los Ayuntamientos de España
y comunicada a los representantes diplomáticos de todos los países,
así como a la Sociedad de Naciones.”